ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE ADOPTAR MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR MORENA, EN CONTRA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL Y JOSÉ FRANCISCO YUNES ZORRILLA, PRECANDIDATO ÚNICO A LA GUBERNATURA DEL ESTADO DE VERACRUZ, DERIVADO DEL PRESUNTO USO INDEBIDO DE LA PAUTA DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/MORENA/CG/55/PEF/446/2024
ACQyD-INE-31/2024
Acuerdo
PRIMERO. Se declara IMPROCEDENTE la adopción de medidas cautelares solicitadas, respecto de la difusión del promocional denominado “PRE GOB VER PEPE YUNES” identificado con los números de folio RV00071-24 [versión televisión] y RA00085-24 [versión radio], en términos de los argumentos esgrimidos en el considerando CUARTO, numeral 1, inciso b). SEGUNDO. Se declara IMPROCEDENTE la tutela preventiva solicitada por el quejoso, en términos de los argumentos esgrimidos en la parte final del considerando CUARTO. TERCERO. Se instruye al Encargado del Despacho de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral de la Secretaría Ejecutiva de este Instituto, para que de inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación. CUARTO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es impugnable mediante el recurso de revisión respecto del procedimiento especial sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109 de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
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