ACUERDO DE LA COMISIÓN DE QUEJAS Y DENUNCIAS DEL INSTITUTO NACIONAL ELECTORAL, RESPECTO DE LA SOLICITUD DE MEDIDAS CAUTELARES FORMULADA POR MORENA, EN CONTRA DEL PARTIDO ACCIÓN NACIONAL, DERIVADO LA PRESUNTA DIFUSIÓN DE CONTENIDO CALUMNIOSO EN UN PROMOCIONAL DE RADIO Y TELEVISIÓN, DENTRO DEL PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR UT/SCG/PE/MORENA/CG/810/2023.
ACQyD-INE-181/2023
Acuerdo
PRIMERO. Es improcedente la adopción de medidas cautelares solicitadas por el partido político MORENA, respecto de los promocionales denunciados, en términos de los argumentos esgrimidos en el considerando CUARTO de la presente resolución. SEGUNDO. Es improcedente la adopción de la tutela preventiva solicitada por MORENA en términos de los argumentos esgrimidos en la parte final del considerando CUARTO, de la presente resolución. TERCERO. Se instruye al Titular de la Unidad Técnica de lo Contencioso Electoral, para que de inmediato realice las acciones necesarias tendentes a notificar la presente determinación. CUARTO. En términos del considerando QUINTO, la presente resolución es impugnable mediante recurso de revisión del procedimiento especial sancionador, atento a lo dispuesto en el artículo 109, de la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral.
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